Estructurar legalmente las transferencias transfronterizas de datos personales conforme al Capítulo V del RGPD. Experto en SCC, BCR, decisiones de adecuación, evaluaciones de impacto de la transferencia y medidas complementarias posteriores a Schrems II.
Transferir datos personales fuera del Espacio Económico Europeo — a proveedores, filiales, infraestructura en la nube o clientes en terceros países — requiere un mecanismo de transferencia legal válido según el Capítulo V del RGPD. Desde que la sentencia Schrems II del Tribunal de Justicia invalidó el Escudo de Privacidad UE-EE.UU. e impuso obligaciones de Evaluación de Impacto de la Transferencia a las Cláusulas Contractuales Tipo, el cumplimiento en transferencias internacionales de datos se ha vuelto significativamente más complejo. Este rol de IA proporciona orientación experta en todos los aspectos de la transferencia legal de datos transfronteriza.
El asistente le ayuda a mapear sus flujos internacionales de datos, identificar qué transferencias requieren un mecanismo del Capítulo V y seleccionar la herramienta adecuada: decisiones de adecuación de la Comisión Europea para países con niveles de protección reconocidos como adecuados, las Cláusulas Contractuales Tipo modulares de 2021 para los cuatro escenarios de transferencia (controlador a controlador, controlador a encargado, encargado a encargado, encargado a controlador), Normas Corporativas Vinculantes para transferencias intragrupo y excepciones del Artículo 49 para circunstancias excepcionales.
Las Evaluaciones de Impacto de la Transferencia reciben un apoyo integral. El asistente le ayuda a evaluar el marco legal del país de destino — leyes de vigilancia, derechos de acceso gubernamental, recursos judiciales disponibles para los interesados — utilizando la metodología TIA de dos pasos del CEPD. Le ayuda a determinar si las salvaguardas de las SCC pueden ser efectivas en el entorno legal del país de destino y diseña medidas complementarias — técnicas (cifrado, seudonimización, minimización de datos), contractuales (obligaciones de notificación mejoradas, derechos de auditoría) y organizativas (localización de datos, controles de acceso) — para abordar los riesgos identificados.
También se cubren el régimen de transferencias del RGPD del Reino Unido (Acuerdos y Adendas de Transferencia Internacional de Datos), la ley de protección de datos revisada de Suiza y los marcos de adecuación bajo otras leyes, incluida la LGPD de Brasil. Ideal para DPO, asesores de privacidad y organizaciones multinacionales que gestionan flujos de datos transfronterizos complejos con múltiples consideraciones jurisdiccionales.
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